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Competencias Municipales

COMPETENCIAS MUNICIPALES OBLIGATORIAS

  • Alumbrado público.(transferida a los CONCEJOS por Ley).
  • Cementerio. (transferida a los CONCEJOS por Ley).
  • Recogida de residuos (A TRAVÉS DE LA MANCOMUNIDAD).
  • Limpieza viaria (transferida a los CONCEJOS por Ley)..
  • Abastecimiento domiciliario de agua potable.(A TRAVÉS DE LA MANCOMUNIDAD).
  • Alcantarillado (A TRAVÉS DE LA MANCOMUNIDAD)..
  • Acceso a los núcleos de población.
  • Pavimentación de las vías públicas.
  • Control de alimentos y bebidas.

COMPETENCIAS MUNICIPALES CON CARÁCTER GENERAL

Los municipios tienen competencias en las siguientes materias:

  1. Seguridad en lugares públicos.
  2. Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas.
  3. Protección civil, prevención y extinción de incendios.
  4. Ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística; promoción y gestión de viviendas; parques y jardines, pavimentación de vías públicas urbanas y conservación de caminos y vías rurales.
  5. Patrimonio histórico-artístico.
  6. Protección del medio ambiente.
  7. Abastos, mataderos, ferias, mercados y defensa de usuarios y consumidores.
  8. Protección de la salubridad pública.
  9. Participación en la gestión de la atención primaria de la salud.
  10. Cementeriosy servicios funerarios.
  11. Prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social.
  12. Suministro de agua y alumbrado público; servicios de limpieza viaria, de recogida y tratamiento de residuos, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.
  13. Transporte público de viajeros.
  14. Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo.
  15. Participar en la programación de la enseñanzay cooperar con la Administración educativa en la creación, construcción y sostenimiento de los centros docentes públicos, intervenir en sus órganos de gestión y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.

Competencias de los Concejos:

  •     Otorgamiento de licencias urbanísticas conforme al planeamiento, previo informe preceptivo y vinculante del Ayuntamiento.
  •     Alumbrado público
  •     Caminos rurales
  •     Cementerios
  •     Limpieza viaria
  •     Fiestas locales
  •     Administración y conservación de su patrimonio así como la regulación y ordenación de su aprovechamiento y utilización.
  •     Archivo concejil
  •     La conservación, mantenimiento y vigilancia de los caminos rurales de su término y de los demás bienes de uso y de servicio     públicos de interés exclusivo del Concejo